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El Servicio de Administración de propiedades arrendadas consiste en:

 

1.- Cobrar y percibir todas y cada una de las rentas de arrendamiento, multas, cláusulas penales, garantías, indemnizaciones y costos que por cualquier motivo debiera pagar el arrendatario; igualmente podrá cobrar y percibir las sumas que pudieran quedar adeudando el arrendatario y podrá repetir contra éste.

2.- La Revisión mensualmente el pago de consumos básicos y gastos comunes que debe realizar el arrendatario.

3.- Representar al mandante ante los Tribunales de Justicia, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Ilustre Municipalidad de Antofagasta y/o de cualquier ciudad donde se encuentre ubicado el bien raíz arrendado, ante cualquier organismo, institución o persona natural o jurídica que fuese necesario en el desarrollo de su representación y mandato.

4.-Poner término judicial o extrajudicial al contrato de arrendamiento, representar al mandante en los juicios de desahucio, reconvenciones de pago, restitución, terminación inmediata y/o anticipada del contrato de arrendamiento, indemnizaciones de daños y perjuicios y demás derivados del contrato, solicitar el lanzamiento, la retención de los bienes del arrendatario; llegar a convenio sobre los plazos de restitución o respecto del pago de rentas insolutas y aceptar cauciones para asegurar el pago.